ARVIGE informa sobre la obligación de mantener activa la inscripción del CUIT
La Agencia de Recaudación de Villa Gesell (ARVIGE) informa a los titulares de establecimientos comerciales, industriales y actividades asimilables que deberán mantener activa durante todo el período de funcionamiento del comercio la inscripción ante AFIP e Ingresos Brutos, requisito indispensable para conservar la habilitación municipal vigente.
La obligación se encuentra establecida en el artículo 2, inciso 6, de la Ordenanza Nº 3453/23 –Código de Habilitaciones Comerciales–, que dispone:
“Constancia de inscripción de AFIP e IIBB actualizada al momento de la solicitud, la que debe mantenerse activa mientras el comercio, industria o asimilable esté habilitado, bajo pena de ser pasible de la clausura del establecimiento.”
En consecuencia, la baja de la inscripción ante ARCA (ex AFIP) o del impuesto sobre los Ingresos Brutos mientras el establecimiento permanezca habilitado constituye un incumplimiento de la normativa vigente y podrá dar lugar a la clausura del comercio, conforme a lo establecido por la ordenanza.
Ante cualquier consulta o para regularizar su situación, los contribuyentes pueden dirigirse a ARVIGE o consultar la normativa vigente a través de sus canales.






