El Juzgado de Garantías local le otorgó a la cooperativa el beneficio como particular damnificado en la denuncia penal encauzada en fiscalía de Dolores que tramita las causas de delitos de funcionarios públicos. Los concejales que votaron la compra de elementos para dicha obra, también están comprometidos.
Gabriel del Valle Luna, letrado de la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell, ofreció ayer una extensa explicación durante una transmisión en vivo desde Cevige para explicarle a la comunidad cuál es la situación judicial encarada por la cooperativa con el fin de dar cuenta de una serie de graves irregularidades que comprometen la gestión de Gustavo Barrera, el jefe de Gabinete Cristian Angelini y varios funcionarios de primera línea en el marco de la obra de repotenciación energética, en la que el mandatario municipal le quitó la ejecución a Cevige se hizo cargo de tercerizar el proyecto y hasta el momento y después de 6 años sigue sin finalizarse.
El día 17 de febrero el Juzgado de Garantías 6 de Villa Gesell le otorga el beneficio a la Cooperativa Eléctrica como particular damnificado en una denuncia penal iniciada en la unidad de instrucción especializada en delitos de funcionarios públicos en el departamento judicial Dolores. Esta denuncia está realizada por Cevige por todas las irregularidades cometidas en la obra de repotenciación para el sistema eléctrico para el partido de Villa Gesell.
En anteriores informes siempre tuvimos la posición en la Cooperativa sobre estos distintos delitos o actos ilícitos cometidos por la Municipalidad de Villa Gesell, pero para este caso en especial y siguiendo la línea que nos marcó del fiscal Pollicitas en la causa iniciada por el intendente Barrera y la diputada Margarita Stolbizer en su momento, en línea con lo dictaminado por el fiscal Pollicitas se inicia en esta fiscalía del departamento judicial Dolores una denuncia en la cual se encuentra denunciado el intendente Gustavo Barrera, Cristian Angelini, Gerardo Galli, Gustavo Ciriaco, Marta Pérez Schneider, Marcelo Martinó y funcionarios intervinientes en los hechos y actos denunciados, así como los responsables de la UTE Fontana Nicastro y Alto Sur. Los delitos que se encuentran denunciados son: incumplimiento de los deberes de funcionario público, malversación de caudales públicos administración infiel en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica de instrumento público, abuso de autoridad y presunta tentativa de cohecho y asociación ilícita.
Esto es una síntesis de los hechos acontecidos. El intendente Gustavo Barrera suscribió un convenio único de transferencia por el monto de 241.497.778 pesos en 2014 y a esta suma si la transformamos al valor dólar de ese momento es 30 millones de dólares. Dentro de este convenio, en octubre el estado nacional le transfiere 96 millones de pesos o sea alrededor de 10 millones de dólares al Intendente, este falseando la declaración jurada mediante la cual señalaba que tenía todos los permisos y autorizaciones otorgadas para iniciar la obra suscribe este convenio que al no tener los permisos para iniciar retrasa la obra y al momento de ejecutarla parcialmente varía el proyecto lo cual se encontraba expresamente prohibido por dicho convenio.
El Intendente incumplió con el convenio único de transferencia al no rendir cuenta de destino de los fondos entregados, la rendición que debía hacerse mensualmente y luego de operado un retraso de más de 200 días ante la intimación para que retribuya los fondos procedió a efectuarla siendo rechazada por la secretaría de obras públicas de la Nación.
Habiendo sido intimado para restituir los fondos entregados malversó los mismos incumpliendo con el convenio y transfirió los fondos a una cuenta de la comuna en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Gesell poniendo los fondos a plazo fijo para financiar gastos corrientes. Todo lo cual se encuentra prohibido.
La comuna suscribe el acta de inicio de obra con fecha 15 de octubre de 2015 destacando y falseando ideológicamente el instrumento público aduciendo que contaba con todos los permisos para iniciar la obra. El apuro de iniciar la obra obedeció a la clara intención de pagar en concepto de adelanto de obra la suma de 19.315.185,17 millones de pesos siempre siendo notificado el 4 de noviembre de 2015 por parte de la empresa que los permisos no existían y la obra no se podía comenzar. Pese a lo cual se pagaron 19 millones más como adelanto de obra hasta cubrir el 40 por ciento del valor de la misma en fecha 6 de noviembre de 2015, procediendo luego en fecha 9 de noviembre de 2015 a neutralizar paralizar la obra por más de 140 días. Para obtener los permisos que no tenía. En otras palabras se inició una obra que debía durar 180 días sin los permisos se pagó por adelantado el 40 por ciento de la misma y se paralizó permitiéndole a la contratista de disponer 3.800 millones de dólares para lucro financiero sin tener que iniciar la obra por 140 días causal-mente coincidiendo la fecha de pago de ambos anticipos con el proceso electoral.
Se pagó más del 100 por ciento de la obra sin que estuviese terminada y sin que los avances de obra tuvieran correlato con los pagos realizados.
Se reconocieron por decreto 1644/18 sin dictamen legal que resulta obligatorio para estos casos y causas de fuerza mayor, que no eran tales, por una suma de aproximadamente de 27 millones de pesos. Falseó una declaración jurada al firmar el convenio único de transferencia diciendo que tenía permiso para hacerse de los fondos para usar esa falta de permiso después para paralizar la obra. En este caso hay un dictamen de un funcionario en ese momento municipal, que era el director de medio ambiente Gonzalo Vázquez que le informa que la obra no podía iniciarse porque no contaba con la evaluación de impacto ambiental. Pese a eso el intendente le paga los dos anticipos a la empresa y hace caso omiso al dictamen de su funcionario.
Se hace constar a si mismo ante notario público que el intendente firmo el convenio 1473/19 17 de abril de 2019 el cual fue publicado 14 meses después en fecha 10 de junio 2020 violando lo ordenado por el decreto que dispone la publicación simultánea a la par del decreto para la publicidad oficial que tienen que tener los actos públicos.
Esta falta de publicación del intendente municipal no la realiza con el solo objeto de generar en este caso la ausencia de este decreto, para que ni la cooperativa ni los vecinos puedan visualizar a través de su conocimiento las aberraciones que estaban realizando con el manejo de los fondos de la obra energética.
Dicha transferencias resultan ilegales por considerarse una clara malversación de caudales públicos generada a partir del incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos intervinientes.
La obra pagada en un 100 por cien no solo fue reemplazada sino que luego de cancelar el total y tan solo unos días después de percibir 27.600 mil pesos en conceptos de mayores costos debidamente reconocidos la contratista le informó a la comuna que el proyecto de obra presentado ante TRASBA que debía haber sido autorizado antes de empezar, a más de cuatro años de iniciada la obra no sólo no estaba aprobado sino que había sido rechazado reclamado la modificación del proyecto alterado por la comuna para contar con dicha autorización. Si a esto le sumamos que el HCD y los concejales que participaron de la aprobación de la compra de elementos por 20 millones de pesos para la obra energética, ya que esos elementos se encontraban dentro del dinero que se le había entregado a las empresas esta Cooperativa hace extensiva en este caso la responsabilidad a todos los concejales que votaron la convalidación de esa compra, porque en definitiva esa compra ya se encontraba en el contrato suscripto por la empresa y la municipalidad y por ende dentro de los 96 millones de pesos girados por el gobierno nacional. Por lo tanto los concejales que han votado esta compra se encuentran alcanzados por esta denuncia penal.